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22 jun 2022
Autor(es): Carlos González Novales y David López BernuésNº 83 Año(s): 2022Sección: Viaje técnicoSubsección: 8º CFEObservaciones: Páginas 48-51
En 1941 el Patrimonio Forestal del Estado (PFE) promulgó la Ley de Repoblaciones de Ribera, en la que todos los terrenos considerados como riberas de los ríos pertenecían al dominio público, y por consiguiente pasaban a formar parte de los bienes del PFE. Un vez regulado sus deslindes y amojonamientos, y definida la propiedad del terreno, esta Ley incluyó un conjunto de normas para garantizar la repoblación. Comenzaron así los trabajos de repoblación con chopos, cuyo objetivo era conseguir la consolidación de los cauces y la obtención de rendimientos económicos con el aprovechamiento de la madera a medio plazo.
En el río Cinca se estimaron más de 80 kilómetros de longitud, superando la cifra de 20 ha/km con un marcado carácter productivo, buscando las técnicas de populicultura más adecuadas en ese momento. La primera repoblación de chopos del PFE se realizó en 1948, en Gurrea de Gállego, sobre antiguos sotos ribereños. No fue hasta 1952 cuando se comenzó a plantar chopos a orillas del río Cinca en Fraga. Le siguieron las plantaciones de Estadilla, Cofita, Monzón, Enate, Albalate de Cinca, Ballobar, Alfántega, Pomar de Cinca, Binaced, Zaidín, Alcolea de Cinca, Pueyo de Santa Cruz, el Grado, Torrente, Velilla de Cinca, Almunia de San Juan y Osso de Cinca. Durante la etapa del PFE los ríos oscenses vieron cómo sobre sus riberas estimadas se llegaron a plantar, entre 1948 y 1971, un total de 1.718 ha, de las que 1.238 ha pertenecían a la ribera del río Cinca.
Con el establecimiento de Estado de las autonomías, la gestión forestal de estas choperas pasó a manos del Gobierno de Aragón. Esta gestión se ha llevado a cabo con personal propio de la administración autónomica, requiriendo de empresas externas tan sólo para las actuaciones que requerían de maquinaria pesada, soportando los gastos generados con los beneficios obtenidos en las enajenaciones de madera.
La crisis económica española iniciada en 2008, junto a la modificación y promulgación de normativa aplicable a estos terrenos, dificultó en gran medida la manera en la que se llevaba a cabo la inversión destinada al mantenimiento de estas choperas. La tendencia a no reinvertir parte de los ingresos obtenidos del aprovechamiento maderero en la puesta en turno de producción de las choperas comenzó a poner en serio peligro la viabilidad de estas masas a nivel regional. Esta situación motivó un estudio y análisis por parte de la Dirección General del Medio Natural y Gestión Forestal del Gobierno de Aragón (DGMNGF), que tuvo como resultado un Plan de choperas del Gobierno de Aragón en el que se abordaba su gestión de tres formas distintas:
En el marco del Plan de choperas del Gobierno de Aragón, la DGMNGF y el Servicio Provincial de Huesca promovieron el estudio y análisis de una gestión de las choperas condicionada a la autofinanciación, a través de una encomienda de gestión de la explotación del aprovechamiento maderable a través de la empresa pública SARGA (Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental), medio instrumental del Departamento. Para ello, se elaboró un Plan Básico de Gestión Forestal (PBGF) que incluía 440 ha plantadas con chopo en los montes de utilidad pública 477, 497, 531, 532, 533, 534 y 541. En 2014, dentro de su ámbito de competencias, el consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, a través de la Orden de 19 de marzo de 2014, autorizó a SARGA mediante una encomienda de gestión para la explotación del aprovechamiento maderable de diversos montes propiedad de la comunidad autónoma de Aragón, incluidos en el catálogo de montes de utilidad pública de la provincia de Huesca.
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