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11 abr 2016
Autor(es): Ángela Iglesias RodrigoNº 65 Año(s): 2016Sección: EspecialSubsección: Los incendios en la interfaz urbano-forestalObservaciones: Páginas 23-25
Los incendios de interfaz urbano forestal son uno de los principales puntos de interés para la Protección Civil, por su recurrencia y por la diversidad de consecuencias que tienen sobre la población que, en muchas ocasiones, requieren la adopción de medidas de protección civil y socorro.
Así, la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, establece que los incendios forestales están sujetos a elaboración de planes a nivel nacional, autonómico, local y de autoprotección (estos dos últimos estrechamente relacionados con los incendios de interfaz). Esta legislación en los diferentes niveles ha de tener un marco nacional mínimo que haga posible, en su caso, una coordinación y actuación conjunta de los distintos servicios y administraciones implicadas en todos esos niveles. Esta marco queda establecido en la Directriz Básica (aprobada por Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre), que presenta los requisitos mínimos que deben cumplir los correspondientes planes de emergencia por incendios forestales en cuanto a fundamentos, estructura, organización y criterios operativos y de respuesta.
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