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19 dic 2017
Autor(es): Estela Sánchez HusillosNº 69 Año(s): 2017Sección: Colaboración técnicaObservaciones: Páginas 42-47
La enfermedad del marchitamiento del pino está originada por el nematodo Bursaphelenchus xylophilus (Steiner and Buhrer) Nickle (Nematoda: Parasitaphelenchidae) y afecta a las especies del género Pinus, provocando un súbito decaimiento en los árboles infestados que termina con su rápida muerte. Se trata de un organismo patógeno de gran virulencia originario de América. Fue accidentalmente introducido en Asia en 1905 (Yano, 1913), donde ha causado daños devastadores en pinares, originando pérdidas millonarias (Yoshimura et al., 1999). Este nematodo puede ser dispersado de forma natural a través de la alimentación y oviposición de insectos vectores del género Monochamus, o por medio del transporte humano de material infestado. En Portugal los estudios realizados demostraron que el único vector del nematodo era Monochamus galloprovincialis (Olivier) (Sousa et al., 2001), una especie ampliamente distribuida por España y gran parte de Europa, Cáucaso y Asia, en pinares y abetales.
En Europa B. xylophilus fue detectado por primera vez en Portugal en 1999 en una masa de Pinus pinaster Aiton (Mota et al., 1999), calificándose como organismo en cuarentena en todo el territorio de la Unión Europea; dicha calificación implica que la madera procedente del país afectado está sujeta a las condiciones establecidas en la Decisión 2012/535/UE. Según la legislación vigente (Decisión 2006/133/CE de la Comisión de 13 de febrero de 2006), se definen como material sensible la madera y la corteza aislada de coníferas (excepto la del género Thuja), y como plantas sensibles (excepto frutos y semillas), las de los géneros Abies, Cedrus, Larix, Picea, Pinus, Pseudotsuga y Tsuga. A partir de entonces, Portugal inició un programa de erradicación con el que ha mantenido un aparente control. A partir de 2008 comenzaron a producirse detecciones sucesivas de este nematodo en zonas del territorio español donde no estaba presente hasta entonces, siempre cerca de los límites fronterizos con Portugal, obligando a la Comisión Europea a intensificar los esfuerzos para su control y erradicación. Asimismo, se desarrolló un mecanismo de detección temprana que obligaba a todas las comunidades autónomas españolas, excepto las Islas Canarias, a realizar prospecciones anuales. La situación actual continúa siendo preocupante: la totalidad del territorio portugués está declarada zona demarcada desde el año 2008, al no existir garantía de la existencia de zonas libres en su interior. Actualmente existen en la Unión Europea dos zonas demarcadas, donde se concentran los esfuerzos de control de la enfermedad: el territorio continental de Portugal y una zona de 20 km a lo largo del borde fronterizo con España. La Comisión Europea diseñó un plan de acción en coordinación con las comunidades autónomas, de acuerdo con las directrices establecidas para el control y erradicación de organismos de cuarentena y las recomendaciones de la Organización Europea y Mediterránea de Protección de las Plantas (EPPO, European and Mediterranean Plant Protection Organization). La última decisión de la Comisión Europea relativa a la prevención de la propagación de esta enfermedad (2012/535 /UE) establece como medida de erradicación obligatoria la realización de cortas a hecho en al menos 500 m alrededor de cada planta sensible en la que se hubiera detectado la enfermedad. Esto podría suponer la corta de cientos de hectáreas en España si se detectara un nuevo foco, a pesar de que esas medidas se basan en experiencias previas de control del insecto vector en países asiáticos, en condiciones de ecología y biología del vector que no tienen por qué ser coincidentes con las que presenta en Europa.
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