El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha estimado íntegramente el recurso contencioso-administrativo promovido con el apoyo jurídico del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales y Graduados en Ingeniería Forestal y del Medio Natural, anulando la exclusión de las titulaciones forestales de los procesos de estabilización convocados para la Escala del Sector Agropecuario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La Sentencia nº 252/2026, de 3 de junio de 2026, reconoce expresamente que las titulaciones forestales son idóneas para acceder a dicha escala y declara el derecho del recurrente a ser admitido en los correspondientes procesos selectivos. Asimismo, impone las costas procesales a la Administración autonómica.
El origen del litigio se encuentra en la aprobación de una nueva Relación de Puestos de Trabajo y en las posteriores convocatorias de estabilización de empleo, en las que se excluyó el campo de estudio correspondiente a la Ingeniería Forestal y de Montes para el acceso a la Escala del Sector Agropecuario, pese a que la propia legislación autonómica había integrado en dicha escala los antiguos cuerpos forestales de la Administración vasca.
Durante el procedimiento judicial se defendió que esta exclusión carecía de justificación objetiva y resultaba contraria a la propia configuración legal de la escala, así como a la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo sobre el principio de “libertad con idoneidad”, según el cual no pueden establecerse reservas o exclusiones arbitrarias cuando distintas titulaciones poseen conocimientos y capacidades adecuadas para el desempeño de las funciones correspondientes.
La Sala comparte esta argumentación y concluye que la Administración no justificó adecuadamente la exclusión de las titulaciones forestales. La sentencia destaca que las titulaciones agrícolas y forestales comparten una base común de conocimientos sobre biología, ecología, suelos, agua o climatología y que ambas desarrollan su actividad profesional sobre el medio rural y la gestión de los recursos naturales. Por ello, considera que la exclusión de las titulaciones forestales no aparece debidamente motivada ni justificada.
Además, el Tribunal otorga especial relevancia a la voluntad expresada por el legislador vasco en la Ley 7/2021, que integró los antiguos cuerpos forestales dentro de la nueva Escala del Sector Agropecuario, circunstancia que refuerza la idoneidad de las titulaciones forestales para acceder a estos puestos.
Para el Colegio, esta resolución constituye un importante precedente en la defensa de la profesión forestal y del acceso de los titulados forestales a los puestos públicos relacionados con la gestión del medio natural, los recursos forestales y el desarrollo rural. La sentencia impide que procesos de reorganización administrativa o de redefinición de escalas puedan utilizarse para excluir injustificadamente a profesionales forestales de ámbitos en los que históricamente han venido desarrollando sus funciones.
El Colegio continuará vigilando que este criterio jurisprudencial sea tenido en cuenta en futuras relaciones de puestos de trabajo y convocatorias de empleo público, velando por el respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como por el reconocimiento de la capacitación y competencias de los profesionales forestales.
Asimismo, el Colegio anima a aquellas personas colegiadas que puedan encontrarse en situaciones similares de exclusión en procesos selectivos o relaciones de puestos de trabajo a ponerse en contacto con los servicios jurídicos colegiales para analizar las posibles actuaciones que pudieran corresponder en cada caso.
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