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La pesca en Álava/Araba

Autor(es): Mario Sáenz de Buruaga Tomillo, M.ª del Pilar Canal Rubio, Miguel Ángel Campos Marcos, Nieves Navamuel Muñoz y Felipe Canales Basabe
Nº 55 Año(s): 2012
Sección: Gestión forestal
Subsección: País Vasco
Observaciones: Páginas 73-75

El estudio de los ecosistemas acuáticos (ríos, lagos, embalses, humedales, etc.) se ha convertido, en las últimas décadas, en un elemento clave para mejorar el conocimiento sobre la estructura de las comunidades que los habitan y la relación entre estas y su entorno. Esta estructura y composición de las comunidades de un ecosistema acuático depende, en mayor o menor medida, de una serie de interacciones bióticas (depredación, competencia, etc.) y de la, a su vez, estructura y composición de los hábitats presentes, cualidades que pueden variar a lo largo del tiempo y del espacio. En general, un mayor conocimiento de los sistemas fluviales debe permitir diagnosticar, de manera integral, el grado de alteración que sufren estos y proponer los modelos de gestión y protección más adecuados.

En España, la competencia en materia de montes, caza y pesca fluvial está transferida a las comunidades autónomas, y en el caso del País Vasco son las diputaciones forales las que gestionan esos recursos. Álava/Araba posee la singularidad de pertenecer hidrológicamente, casi en su totalidad, a la vertiente mediterránea, salvo la comarca denominada Cantábrico-Alavesa y la cabecera del río Aramaiona, pertenecientes a la vertiente cantábrica. La Diputación Foral de Álava/Araba (DFA) cuenta, desde el año 1992, con una asistencia técnica que a partir de 2011 es llevada por la empresa Consultora de Recursos Naturales, S.L. (CRN).

NORMATIVA APLICABLE

La normativa que afecta al aprovechamiento piscícola de la provincia se estructura a tres escalas, estatal, autonómica y provincial, siendo esta última la que se refiere en la tabla 1.

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