Pág. 02 - EDITORIAL
Pág. 04 - APUNTES
Pág. 20 - ENTREVISTA
Pág. 26 - OPINIÓN DE ACTUALIDAD. CHOPOS EN EL TERRITORIO DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
Pág. 42 - COLABORACIONES TÉCNICAS
Pág. 56 - REPORTAJE FOTOGRÁFICO
Pág. 64 - RINCONES NATURALES
Pág. 68 - LITERATURA Y MEDIO NATURAL
Pág. 72 - PINCELADAS DE VIDA
Pág. 77 - NOTICIAS FORESTALES Y DEL COLEGIO
Pág. 79 - AGENDA
La Comisión Nacional del Chopo se crea mediante Orden Ministerial de 25 de enero de 1952, dependiente del Patrimonio Forestal del Estado. Nace bajo los auspicios de la Comisión Internacional del Álamo (CIA), que está integrada en la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).
Las funciones y composición están recogidas en la Orden PRE/1874/2005, de 17 de junio, y la Orden PRE/845/2013, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden PRE/1874/2005. Su presidencia recae actualmente en la Directora de Biodiversidad, Bosques y Desertificación y se está tramitando la nueva Orden que adecue su composición a su adscripción actual al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Las funciones a desarrollar por la Comisión tienen como fin último el fomento, mejora y racionalización del cultivo del chopo, sin olvidar los aspectos medioambientales vinculados a este tipo de plantaciones. Son cometidos de la Comisión definir programas de investigación, proponer medidas para incentivar el cultivo del chopo, asesorar sobre procesos productivos del chopo, mantener grupos de trabajo especializados y elaborar informes, incluido el Informe nacional que cada cuatro años se envía a la Comisión Internacional del Álamo.
Tradicionalmente, los álamos se han integrado en muchos sistemas agrícolas y forestales con clima templado o subtropical, y en los últimos años ha aumentado el interés por su utilización como biomasa para la energía renovable así como su valor medioambiental.
En España, el cultivo del chopo se ubica en las tierras bajas de aluvión asociado a cultivos agrícolas o en los terrenos de ribera dentro del dominio público pertenecientes a la Administración. Puede entenderse como actividad agrícola y selvícola simultáneamente.
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