ESPECIAL COMUNIDAD DE MADRID

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La Red Natura 2000 en la Comunidad de Madrid

Pág. 1 - SALUDO

Pág. 6 - MEDIO FÍSICO Y SOCIAL

Pág. 30 - MEDIO NATURAL

Pág. 94 - EVALUACIÓN AMBIENTAL

Pág. 122 - MEDIO FORESTAL

Pág. 194 - MEDIO NATURAL URBANO

Pág. 250 - ESPACIOS PROTEGIDOS

Pág. 338 - ESPECIES PROTEGIDAS

Pág. 394 - DEFENSA DEL MONTE

Pág. 408 - APROVECHAMIENTOS FORESTALES

Pág. 432 - NATURALEZA Y OCIO

Pág. 454 - INVESTIGACIÓN

Pág. 494 - FORMACIÓN FORESTAL

Una de las prioridades de la política ambiental de la Unión Europea ha sido la protección de su biodiversidad, tanto a través de la conservación de los hábitats como de las especies silvestres de la flora y fauna. Los instrumentos jurídicos para cumplir tal finalidad se han concretado en dos directivas: la Directiva 79/409/CEE, relativa a la conservación de las aves silvestres, más conocida como Directiva de Aves, y la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats y de la fauna y flora silvestres, o Directiva de Hábitats. Ambas directivas determinan la necesidad de crear espacios para la conservación de determinadas especies y hábitats necesitados de protección.

En la Unión Europea ya existían algunos precedentes en este sentido, como el Convenio de Berna sobre conservación  de la vida silvestre y el medio natural en Europa (1979), el Convenio de Bonn sobre las especies migratorias de animales salvajes (1979) y el Convenio de Ramsar (1971) sobre los humedales de importancia internacional. Pero fue en 1988, dentro del IV Programa comunitario en materia de medioambiente (1987-1992), cuando la Comisión hizo una propuesta al Consejo de Europa sobre la creación de una Red Ecológica Europea de Zonas Especiales de Conservación, que se denominaría “Natura 2000”. 

Esta propuesta se materializó finalmente con la promulgación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas de fecha 22 de julio de 1992 de la mencionada Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992 relativa a la Conservación de los hábitats y de la fauna y flora silvestres. 

La aprobación de esta directiva supuso un notable e importante avance en la legislación medioambiental de la Unión Europea, ya que sienta las bases para contribuir al mantenimiento de la diversidad biológica del territorio europeo y para ayudar a cumplir con los compromisos del Convenio sobre Biodiversidad de la Cumbre de Río (1992), además de propiciar la integración de la protección del medio natural en las demás políticas comunitarias. 

Lo más destacable de esta Directiva, dentro del objetivo global de la preservación de la biodiversidad del patrimonio natural europeo, es la creación y conservación de una red de “Zonas Especiales de Conservación” para formar parte de “Natura 2000”. 

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